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EL 'PROBLEMA' VASCO / Los jueces toman la palabra

Gobierno y PP recurren, cada uno por su lado, la consulta de Ibarretxe

Trillo y Sáenz de Santamaría presentaron el recurso popular. EFE

Agencias Madrid
El rodillo del Estado ya está en marcha. Pocas horas después de que la ley en la que el Parlamento vasco plasmó su autorización para celebrar el referéndum independentista auspiciado por el lehendakari Ibarretxe viera la luz en el Boletín Oficial de la Comunidad Norteña, los letrados de la administración presentaron su recurso ante el Tribunal Constitucional. El escrito, depositado por la mañana en la sede madrileña de la más alta instancia judicial española, reclama la suspensión inmediata de la norma, puesto que vulnera cuatro preceptos contenidos en la Carta Magna al “marginar el ejercicio de la competencia exclusiva del Estado”, único ente competente para autorizar consultas populares por vía de referéndum.
El rostro de la iniciativa lo puso el abogado general del Estado, Joaquín De Fuentes Bardají, quien depositó las 31 páginas de las que consta un texto y quien explicó que, según los servicios jurídicos del Estado, la ley vasca impugnada vulnera claramente lo dispuesto en el artículo 149.1 de la Constitución”.
De hecho, el recurso detalla que la pregunta de Ibarretxe sobre el denominado principio democrático, es decir, la que se refiere a la negociación entre todas las fuerzas políticas vascas para alcanzar un acuerdo que luego sea ratificado en referéndum, “viola los artículos 1.2 y 2 de la norma rectora del ordenamiento patri pues contraviene de manera flagrante la atribución de la soberanía nacional al pueblo español, así como al principio de unidad de la Nación”.
Además, la Abogacía pública explica en su dictamen que, por mucho que la ley que regula la consulta afirme que la iniciativa no es jurídicamente vinculante y, por tanto, no constituye un referéndum, la realidad es la contraria, porque “se somete a todos los ciudadanos y ciudadanas del País Vasco con derecho de sufragio activo a dos preguntas sobre cuestiones o decisiones políticas de especial trascendencia no solo para su región sino para España toda” y, por tanto, “la mayor o menor vinculación jurídica de su resultado no altera en nada el carácter de referéndum o no de la consulta”.
En tal sentido, el recurso señala que tanto “el final dialogado de ETA, banda terrorista que, como es notorio, ha cometido sus numerosos y atroces crímenes dentro y fuera del País Vasco, y el derecho a decidir del pueblo vasco (o lo que es lo mismo el derecho de autodeterminación política)” que aborda la consulta son “cuestiones de importancia nacional y no solo de trascendencia, relieve o interés para aquella Comunidad”.
El recurso del Gobierno también invoca expresamente el artículo 161.2 de la Constitución, que prevé efectos suspensivos por un plazo de cinco meses en el caso de que el recurso se admita a trámite, algo que con toda probabilidad se producirá en los próximos días.
Tal calendario imposibilitaría materialmente los planes previstos por el Ejecutivo de Vitoria, que pretende convocar la consulta el 15 de septiembre para que tenga lugar el día 25 del siguiente mes.
Al margen de la trascendencia jurídica de la iniciativa, lo cierto es que el recurso supone el cumplimiento de la promesa realizada por Moncloa para actuar “desde el minuto uno” contra el referéndum.
“Los ciudadanos pueden estar tranquilos y seguros, porque nadie va a vulnerar las reglas del juego de la democracia; no habrá consulta”, proclamó la vicepresidenta De la Vega inmediatamente después de que se presentara el recurso.
Pocas horas después, el PP hizo lo propio y registró su impugnación ante el Constitucional con la pretensión de “preservar la unidad y la integridad” de España”.
Así los populares denuncian que la consulta de Ibarretxe supone una “violación del sistema constitucional de competencias” y su contendido adolece de “inconstitucionalidad material”, ya que las dos preguntas que se plantean para la consulta eluden “la voluntad del pueblo español en su conjunto, y supeditan el inicio del proceso a una decisión previa” de ETA.

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