Asume la importancia que tiene el sector, pero reconoce que las explotaciones tienen muy difícil la supervivencia
Un ganadero conduce a su rebaño de ovejas. E. MARGARETO (ICAL)
Ical Valladolid
La Junta prevé ayudas de hasta 35.000 euros para el cese de la actividad de los productores de ovino de Castilla y León, según recoge el borrador de la orden que regulará estas subvenciones dirigidas a la reestructuración de este sector en crisis, presentado a las organizaciones profesionales agrarias de la Comunidad. El textoseñala que sólo podrán acceder a estas partidas los titulares o cotitulares de explotaciones de ovino que tengan 55 años sin haber cumplido los 65 en el momento de presentar la solicitud y lleven un mínimo de cinco años en la actividad. Al respecto, el borrador precisa que la indemnización será de 7.000 euros al año hasta alcanzar los 65, con un máximo de 35.000 euros por beneficiario.
El documento redactado por el Gobierno regional asume que el ovino es “uno de los sectores de mayor importancia económica y social dentro de la actividad agraria, no sólo en Castilla y León sino también del conjunto del Estado, agrupando en estos momentos a más de 15.000 productores con más de cuatro millones de cabezas de ganado”. Sin embargo, prosigue la orden, ha visto “cómo se ha producido una lenta pero inexorable pérdida de rentabilidad de sus explotaciones”, por la subida de los insumos y por la “inelasticidad” de la demanda de productos. “Tal es así que en estos momentos resulta difícil la supervivencia de las explotaciones”, agrega.
En este contexto, la Junta defiende que “se dan las circunstancias previstas en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales al sector agrario y forestal 2007-2013” para el establecimiento de partidas para el cese definitivo de la actividad agraria con fines comerciales.
El borrador explica que los posibles beneficiarios deben ser titulares o cotitulares de una explotación inscrita en el registro, que tenga como mínimo 200 reproductoras a fecha 1 de marzo del año de la convocatoria, para las clasificadas como de producción de leche o mixta o de producción y reproducción; y 300 para las de carne. Asimismo, el titular debe ser agricultor a título principal y debe estar libre de compromisos derivados de cualquier ayuda destinada a la producción ovina.
Asimismo, el beneficiario debe estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social y se debe comprometer a abandonar definitivamente la actividad, para lo que dejará de explotar el ganado y su explotación, así como los derechos de producción y cuotas. Sin embargo, podrá reservarse una unidad de ganado mayor o una hectárea de superficie para consumo propio.
El procedimiento de concesión de las ayudas al cese definitivo de la actividad con fines comerciales se efectuará en régimen de concurrencia competitiva. Así, si las peticiones superan la disponibilidad presupuestaria, la concesión se resolverá priorizando las solicitudes ordenándolas de mayor a menor puntuación conforme a un baremo. En este sentido, se otorgará dos puntos a los solicitantes con explotaciones de leche o mixta o de producción y reproducción con más de 300 reproductoras, y a las de carne con más de 400. Asimismo, recibirán un punto las explotaciones exclusivamente de ganado ovino y los solicitantes que residan en localidades de menos de 300 habitantes y las mujeres. Además, por cada año que el peticionario supere los 55 años, se le otorgarán 0,3 puntos.
El órgano competente para resolver las solicitudes será la Dirección General de Producción Agropecuaria, que tendrá un plazo máximo para resolver y notificar de seis meses desde la finalización del plazo de presentación de las mismas.