Según la Fiscalía, una certificación falsa daba por finalizada una obra cuya subvención iría a parar a la cuenta de De Arriba
Alfredo de Arriba, en otra visita reciente a la Audiencia Provincial de León. M. MARCOS
L.C. / Ponferrada
El alcalde de Barjas, Alfredo de Arriba, tendrá que comparecer ante la Audiencia Provincial para responder de un presunto delito de malversación de caudales públicos y de un presunto delito de falsificación en documento público, relacionados con el cobro e ingreso en una cuenta privada de las cantidades asignadas por el Consejo Comarcal del Bierzo para la ejecución de obras de pavimentación de calles de dos localidades del municipio, según consta en el auto emitido por el Juzgado de Instrucción número 3 de Ponferrada, en el que se acuerda “la apertura de juicio oral y se tiene por formulada la acusación contra Alfredo de Arriba López y Esther García Soto (actual secretaria municipal y secretaria en funciones en el momento en que se produjeron los hechos), por delito de malversación de caudales públicos, tipificado en el artículo 432.1.3 del Código Penal y delito de falsificación en documento público previsto en el artículo 390.1.3 del Código Penal”.
Los hechos objeto de enjuiciamiento se remontan al año 1996, cuando, según la denuncia de la Fiscalía (que data de febrero de 2009), el Ayuntamiento de Barjas llevó a cabo, dentro del denominado Plan de Pequeñas Obras, la pavimentación de las calles de las localidades de Güimil y Serviz, asumiendo la ejecución de las misma y cuyo presupuesto ascendía a dos millones quinientas mil pesetas (15.000 euros) de la época, subvencionada con un millón doscientas cincuenta mil pesetas (7.500 euros) por el Consejo Comarcal del Bierzo. Según la Fiscalía, “para conseguir la referida subvención era necesario una certificación de la Junta Vecinal de los referidos pueblos favorecidos por la pavimentación, emitida por el secretario de la misma por el secretario de la misma certificando que la obra había sido aprobada por el Pleno de la Junta Vecinal y que se había realizado efectivamente, indicando los dígitos de la cuenta corriente de la referida entidad para ser ingresado el dinero de la subvención”.
Según la Fiscalía, la imputada Esther García, que estaba “contratada interinamente para suplir las funciones del secretario titular,..., haciendo la veces de auxiliar administrativo para el referido consistorio y siendo además socia gerente de la empresa que llevó a cabo las obras de pavimentación, denominada Trafica SL, procedió a emitir una certificación falsa con el contenido referido en el supuesto anterior y firmada por ella en nombre del Secretario, que no era sabedor de nada, pero contando con la colaboración del alcalde de Barjas”.
La presuntamente falsa certificación “acreditaba que la Junta Vecinal se había reunido el 17 de marzo de 1997, si ser cierto, dando por finalizadas las obras, e interesando el ingreso de la subvención (siete mil quinientos euros) en una cuenta correspondiente a la Entidad Caja España, sucursal de Villafranca del Bierzo, y cuyos titulares eran los acusados, ingresándose el importe el día 29 de abril de 1997”.
Por estos hechos, el auto del Juzgado Número 3 impone al alcalde de Barjas una fianza de 17.600 euros, más otros 10.000 euros solidariamente con Esther García, “para asegurar las responsabilidades pecuniarias que, en definitiva pudieran imponérsele”. Paralelamente y sobre los mismos fundamentos, el juez impone la misma fianza a Esther García y se señala que el órgano competente para juzgar el caso es la Audiencia Provincial de León, que será quien fije la fecha de celebración del juicio oral.
Por los hechos que se van a juzgar, el Ministerio Fiscal pide que se impongan a cada uno de los acusados las siguientes penas: por el delito de malversación de caudales públicos, la pena de multa de cuatro meses con una cuota diaria de 20 euros, responsabilidad personal subsidiaria de un día de prisión por cada dos cuotas impagadas, prisión de dos años, privación o suspensión del derecho de sufragio pasivo por el tiempo que dure la condena y suspensión de empleo o cargo público por tres años. Por el delito de falsedad documental la Fiscalía solicita que se imponga pena de prisión de cuatro años, inhabilitación para el ejercicio de derecho de sufragio pasivo por el tiempo que dure la condena, multa de 18 meses con cuota diaria de 20 euros con responsabilidad personal subsidiaria de un día de prisión por cada dos cuotas impagadas, con inhabilitación especial por cuatro años para ejercicio de empleo o cargo público.
Asimismo, como responsabilidad civil, solicita que los acusados indemnicen solidariamente al Ayuntamiento de Barjas con la cantidad de 7.500 euros más los intereses devengados.