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SAN ANDRÉS DEL RABANEDO / Municipal

Bando para que el gocho no sufra

El Ayuntamiento promulga una normativa para la campaña de matanzas

Imagen de una matanza tradicional de un cerdo en la provincia de León. M. MARCOS

L.C. / San Andrés del Rabanedo
El Ayuntamiento de San Andrés ha promulgado un bando con las recomendaciones para sacrificar animales fuera de los mataderos. Con la llegada de la época de las tradicionales matanzas domiciliarias del cerdo recuerda que el Real Decreto 54/95 de 20 de enero sobre protección de los animales en el momento de su sacrificio o matanza, establece entre otros los requisitos que han de ser observados en el sacrificio o matanza de los animales fuera de los mataderos y cuyo incumplimiento se encuentra tipificado como infracción en el artículo 14 de la Ley 32/2007 de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio. Las recomendaciones para realizar el sacrificio de animales son:
-No se causará a los animales agitación, dolor o sufrimiento evitables durante las operaciones de traslado, conducción, estabulación, sujeción, aturdimiento, sacrificio y matanza.
-Toda persona que intervenga en las actuaciones anteriormente descritas deberá poseer la preparación y destreza necesaria para llevar a cabo estos cometidos de forma humanitaria y eficaz y de conformidad con la normativa aplicable.
-Existe la obligación de aturdir previamente a la matanza a los animales, aturdimiento que deberá producirse sin presencia de público.
-El sangrado de los animales comenzará lo antes posible después del aturdimiento y se deberá efectuar de manera que provoque un desangrado rápido, profuso y completo, y deberá efectuarse antes de que el animal recobre el conocimiento.

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