Una sentencia judicial condenó al promotor del aeropuerto
L.C. / León
La presidenta del Consorcio que gestiona el aeropuerto leonés de La Virgen del Camino, Isabel Carrasco, anunció ayer que ya han recurrido la sentencia del Juzgado de Primera Instrucción número ocho de León, por la que se condena al organismo al pago de 1.415.773,55 euros a la extinta aerolínea Lagun Air, tras reconocer que la empresa no cumplió la frecuencia de vuelos pactada, informo Ical. El fallo no impugna las facturas presentadas, rechaza la incompatibilidad publicitaria con la Junta de Castilla y León y no acepta las infracciones en la obligación de exhibir publicidad exterior en las aeronaves.
“De todo esto lo mejor es hablarlo al final, cuando se haya terminado”, apuntó Carrasco, que señaló no obstante que acatan la sentencia y que pueden comprender que el juzgado que lleva el concurso de acreedores “quiera coger todo el dinero posible de fuera”, pero el fallo ya ha sido recurrido ante la Audiencia Provincial de León.
Respecto a la sentencia, el juez estima parcialmente la demanda presentada por la aerolínea (participada por el grupo empresarial Agelco) contra el Consorcio, que integran la Diputación, el Ayuntamiento y la Junta.De esa forma, reduce la cantidad demanda que ascendía por parte de la aerolínea a 1.573.264,91 euros.
Asimismo el organismo que gestiona la promoción del aeródromo leonés alegó que el contrato suscrito en abril de 2003 y prorrogado hasta 2008 no fue cumplido “adecuadamente”. Argumentó que existieron tres infracciones sobre el compromiso de exclusividad con el Consorcio ya que la compañía insertó publicidad de la Junta de Castilla y León en los aparatos, sobre las obligaciones de patrocinio ya que algunas aeronaves no fueron rotuladas y por no prestarse las frecuencias de vuelos convenidas. Además, exigieron que se impugnaran las facturas presentadas puesto que su concepto ya había sido satisfecho en otras anteriores.
Por su parte, el magistrado Pablo Arraiga Jiménez indica que el Consorcio aprobó la documentación facilitada por Lagun Air, lo que supone que autorizó a la empresa desde esa fecha a insertar publicidad en sus aeronaves del Ejecutivo autonómico por lo que el organismo reconoce de “manera explícita” la compatibilidad del patrocinio. Además, estima que debería la parte demandada probar que la empresa no colocó los rótulos debidos en los aparatos por lo que no acepta esta alegación.
Sin embargo, este juzgado recoge en la sentencia un déficit semana a semana de 149 vuelos respecto de los que establecía el contrato, lo que constituye una “falta de atención generalizada de las operaciones mínimas semanales”. Por ello, cifra en un 7,16 por ciento el porcentaje de incumplimiento que se traduce en 2.199.600 euros, es decir, 157.491,36 euros para el periodo al que se refiere la demanda de impago. Así el tribunal no impugna las facturas por importe de 4.928,23 euros y dicta partir de las reclamadas.
Finalmente, condena al pago de 1.415.773,55 euros más el interés legal del dinero desde la fecha de reclamación previa en vía administrativa.